Cuentas Ómnibus y la Fe del Inversor


En los comentarios de la entrada anterior se generaron una serie de dudas y temores acerca de la seguridad de nuestras inversiones depositadas en las cuentas globales usadas por los brokers para la compra de fondos y acciones internacionales, también llamadas cuentas ómnibus.

Estas cuentas facilitan la operativa y mantenimiento de nuestro banco o broker a la hora de realizar las transacciones de los activos no domiciliados en España que les pedimos que nos compren y vendan. De ese modo, las comisiones se ven rebajadas y el cliente sale, en principio, beneficiado.

Pero no todo es de color de rosa. Las cuentas ómnibus ofrecen ciertos temores latentes que nadie es capaz de aclarar con rotundidad y seguridad. Después de realizar un repaso a la información existente en internet, te voy a mostrar lo que me ha parecido más interesante.

Cajastur realiza un aviso bastante completo y honesto de los riesgos en esta hoja informativa que te resumo aquí:

– El cliente queda informado que la Entidad puede utilizar dichas cuentas globales, si bien la Entidad mantendrá los registros internos necesarios para conocer en todo momento y sin demora, la posición de valores y operaciones en curso del cliente.

– Riesgos específicos de custodia – Los sistemas de tenencia indirecta, como son las cuentas globales, pueden llevar asociados riesgos específicos de custodia, como por ejemplo el derivado de la insolvencia del titular de la cuenta global:

En los supuestos de insolvencia o quiebra del titular de la cuenta global pueden darse limitaciones para que los inversores finales (el Cliente) ejerciten derechos de separación o que se les reconozcan como propietarios de los valores y no como meros titulares de derechos de crédito frente al titular de la cuenta global.

Asimismo, en caso de insolvencia del subcustodio, pueden aparecer las situaciones que se describen a continuación:

Retrasos en la ejecución de las órdenes que comporten una movilización de los activos depositados

Pérdida parcial de los valores depositados o repercusión de costas en el supuesto de que los activos efectivamente mantenidos por el subcustodio fueran insuficientes para hacer frente a las reclamaciones de los clientes o el subcustodio se viera inmerso en procedimientos concursales.

Otro riesgo es el relativo a posibles fraudes o apropiaciones indebidas que pudiera realizar algún intermediario de la cadena de custodia en las diferentes cuentas globales que existieran y que propiciara, debida a dicha actuación, la pérdida parcial o total de los instrumentos financieros registrados en las mismas.

– Riesgos legales – En este ámbito el riesgo está referido, a la forma en que quedan protegidos sus intereses:

El problema y el riesgo consiste en identificar qué Ley de entre todos los países sobre los que atraviesa la cadena de custodia rige los derechos del titular final, careciéndose, en algunos de los casos, de una respuesta normativa clara, previsible y apropiada a este problema.

Una vez identificada la ley aplicable, se puede dar el riesgo que dicha ley no ofrezca una protección sustantiva previsible y adecuada a los intereses del titular final.

– Riesgos operacionales – Hay determinados riesgos operacionales ocasionados por la utilización de cuentas globales, por ejemplo los derivados de operaciones que, como sucede en numerosos mercados extranjeros, exijan ajustes periódicos de las garantías o pagos de liquidaciones diarias de pérdidas y ganancias o, en general, la entrega de cantidades, periódicamente, a las entidades encargadas de la compensación y liquidación o contrapartida central de cantidades periódicamente. El incumplimiento de un solo inversor puede originar perjuicios para el conjunto de los titulares de valores o instrumentos financieros depositados en esa cuenta global, ya que puede que el titular de la cuenta global no tenga fondos suficientes para aportar los importes en efectivo o en valores que se requieran a los mercados o a las contrapartes, de tal manera que, sin tener voluntad incumplidora ni conocer siquiera quién es el incumplidor, el resto de titulares reales de la cuenta global acaban teniendo que responder o sufrir las pérdidas derivadas del referido incumplimiento.

Pues ya ves, y eso que es la propia caja la que te está avisando. Así leído suena tan mal que a uno le dan ganas de salir por piernas, sacar todos los ahorros y comprarse una casa de campo en el monte con un huerto y un par de cabras… 🙂

Siguiendo con los mensajes de atención a los inversores, también la OCU avisa de este modo:

Los títulos internacionales normalmente están registrados en el depositario a nombre de su entidad financiera en lo que se llama una cuenta ómnibus. En caso de quiebra de su entidad podría tener problemas para ejercer el derecho de separación de sus títulos, que sí puede ejercer con las acciones españolas, por lo que con las acciones extranjeras la indefensión es mayor.

Una y otra vez te encuentras con avisos de este tipo, aunque los que te muestro han sido los más directos al problema. Los demás se pierden en su enunciado mediante verborrea jurídico-financiera. Parece ser que, si realmente quieres ser el dueño «oficial» de los activos que compras, estos tendrán que ser:

– Fondos domiciliados en España. Aquellos cuyo ISIN comienza por ES.

– Planes de Pensiones.

– Acciones o ETFs comprados en el mercado continuo español.

– Deuda pública o privada Española.

El resto de los fondos, ETFs, bonos o acciones extranjeras quedarán depositadas a nombre de tu banco o broker, que realizará a su vez un apunte en tu cuenta de inversión como «prueba» de tu patrimonio. Todo un acto de fe por parte del inversor.

El único arma que se me ocurre ante tan desalentador panorama de desamparo es la diversificación. Mantener una cartera con diferentes tipos de activos, comprados en diferentes entidades que depositarán tus productos en diferentes cuentas globales, diferentes gestoras de fondos y ETFs, diferentes localizaciones, diferentes domicilios de fondos de inversión optando también por alguno español o bien algún plan de pensiones, diferentes bolsas donde comprar las acciones o ETFs,…

De todos modos, y ante tal situación, se me ocurren varias preguntas sobre las que sería interesante debatir:

1. ¿Es preferible invertir en fondos extranjeros ganando en variedad, calidad y precios o prefieres fondos españoles más limitados pero en los que apareces como dueño de las participaciones?

2. En caso de problemas financieros y monetarios en la zona euro, ¿será peor tener fondos españoles por si nuestro país pasa por problemas serios o por el contrario será peor tener fondos extranjeros con el riesgo de quiebra de depositarios privados?

3. ¿Sería lógico renunciar a los ETFs internacionales por este motivo? ¿Sería mejor optar por ETFs internacionales ofertados en la bolsa española?

4. ¿Qué papel juega en medio de este follón la importancia de los bienes físicos como inmuebles o metales preciosos, y la deuda del Tesoro Público comprada directamente en el Banco de España u otros bancos internacionales? ¿Sería tan preferible la no dependencia de intermediarios para poseer productos de inversión?

Buf, seguramente estarás de viernes pensando que ibas a tener un tranquilo fin de semana. ¡Que todo esto no te lo estropee!, ya que estas cuentas son comúnmente usadas por la mayorías de países desarrollados desde hace ya muchos años (yo no estaba tan al corriente). Tenemos que confiar en nuestros brokers y bancos en este aspecto, porque si no confiásemos, ¿para qué prestarles nuestros ahorros aunque comprasen activos españoles? Está en tu mano diversificar y reducir los riesgos. Aun así, creo que sería interesante poner nuestras opiniones en común. Un saludo y buen finde para ti y los tuyos.

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20 responses to “Cuentas Ómnibus y la Fe del Inversor

  1. Yo creo que lo único que nos queda es como bien dices diversificar, si tenemos 5 assets, en la medida en que la cartera vaya creciendo introducir 2 ó 3 activos en cada asset. Por lo menos eso es lo que yo estoy haciendo.

    Si aplicasemos una vision pesimista y de desconfianza total, a todo lo que nos rodea, nadie nos comprariamos una casa, meteriamos el dinero en bolsa, ni lo tendriamos en el banco, ni si quiera lo dejariamos debajo del colchón. Aunque estar informados y ser prudentes nunca está de más.

    Buen finde

  2. Cuando compras un fondo extranjero en Openbank, te advierten de que el depositario es Allfundsbank, que está participado por Grupo Santander y un banco italiano (ahora no recuerdo cual). También te advierten de los riesgos pero te dan la opción de poner las participaciones a tu nombre, aunque sin aclarar muy bien cómo y adviertiendo que acarrea gastos adicionales para ti en caso de que optes por esa opción. Sería cuestión de investigarlo aunque quizá sea demasiado complicado y no merezca la pena.

    ¿Sabéis si existe algún ETF de oro físico que cotice en la bolsa española? Algo del estilo del db physical gold ETF (que creo que cotiza en el DAX alemán). He buscado pero no encuentro ninguno.

    Otra opción para el oro que evitaría la cuenta omnibus sería goldmoney.com, que custodia el metal a tu nombre en Londres o Zurich. Tú mismo haces la transferencia a una cuenta de ellos en UK y a partir de ahí comienzas a comprar, con lo cual no hay intermediarios (tus posiciones en metal físico estarán a tu nombre). El problema es que te cobran un 2,74% sobre la cotización oficial al comprar (casi na!!), y una custodia de 1,20 gramos de oro por año (unos 50 pavos al precio actual). A mi no me termina de convencer, sobre todo porque yo manejo cantidades muy modestas. Aunque quizá a alguien que tenga mucho patrimonio, por ejemplo en una cartera permanente, le podría venir bien para diversificar y reducir riesgo.

  3. Esta ha sido mi preocupacion en estos años, ¿que hago? acciones,etfs,fondos,nada de renta fija y varias entidades y muy importante, una velita de vez en cuando a tu santo preferido.
    s2

  4. El tema es preocupante, principalmente pq vamos añadiendo riesgos con tanto intermediario. En el caso de los fondos internacionales, tenemos el riesgo de que la gestora haga algo que no debe, de que lo haga el depositario, de que lo haga el proveedor de nuestro broker a cuyo nombre (allfunds, inversis) está registrado el fondo, de que lo haga nuestro broker…
    Por otro lado, todos estos temas están legislados y se supone que contamos con garantías. En las cuentas omnibus, no se mezcla el patrimonio de los clientes con el patrimonio propio del titular de la cuenta y, en caso de insolvencia de este, la cuenta omnibus de los clientes no se puede tocar. Al menos creo que así es en la Unión Europea y en EEUU, pero claro siempre estamos expuestos a una gestión fraudulenta (tenemos reciente el caso de MF Global).
    Por otro lado, que el registro de titularidad lo lleve el gestor del fondo o nuestro broker internamente no significa que a efectos legales no seamos los propietarios. Hacienda es informada de nuestras participaciones, las retenciones se nos practican, podemos regular la doble imposición, etc.

  5. Muchas gracias @Antonio, ahora queda mucho mas claro. No hay que ser catastrofistas, pero es nuestra obligación saber los riesgos que se toman, aunque después decidamos tomarlos igualmente.

  6. En caso de que alguien haga un uso fraudulento del dinero, por ejemplo si no lo usan para comprar tus acciones o tu fondo aunque a tí te digan que sí, en teoría estaríamos cubiertos por el fondo de garantía de inversiones (http://www.fogain.es/).
    ¿Existe alguna manera de saber qué cuenta omnibus utiliza nuestro broker? ¿Está publicado en algún sitio?
    Hace tiempo escuché al economista Alberto Recarte cometar que las posiciones en cuentas Onmibus en nombre de clientes no pueden ser utilizadas para pagar en caso de concurso de acreedores, lo que cuadra con lo que explica @Alvaro

  7. @Jorge, en el contrato de servicios del broker hay un apartado sobre las cuentas omnibus o cuentas globales en el que informan algo de las mismas.

  8. @Jorge
    Iba a decir eso, que igual que existe un fondo de garantía de depósitos, existe también un FOGAIN para brokers y demás.

    Yo, por lo que he leído por ahí, el debate de las cuentas omnibús va más por el tema mencionado del RIESGO OPERACIONAL: que amparándose en la reserva de la identidad que proporcionan estas cuentas haya especuladores que hagan tradings perjudiciales para otros inversores y para la normal marcha del fondo. Y que la entidad gestora del fondo no pueda controlar esas malas prácticas (porque se mueven ocultos tras el parapeto de la cuenta omnibus)

    Estas prácticas pueden ser: manipulaciones del mercado, trading no autorizado, información privilegiada, apalancamientos excesivos o incluso lavado de dinero, entre otras.

    Se supone que las entidades que tienen las cuentas omnibus (que son las que conocen qué se cuece en las sub-cuentas individuales de los sus clientes)son las que tienen que velar para que haya una mínima limpieza.

    Esta información la he sacado de varios sitios pero sobre todo de esta «llamada de atención» del SEC (Securities and Exchange Commission) americano, que debe ser algo así como nuestra CNMV:

    blogs.reuters.com/financial-regulatory-forum/2011/09/30/u-s-sec-warns-brokers-over-market-access-sub-accounts-in-debut-risk-alert/

    Personalmente creo que con diversificar un poco las entidades gestoras de los fondos y diversificar un poco intermediarios, si escoges entidades mínimamentes solventes y sólidas, ya puedes estar bastante tranquilo.

    No nos dejemos llevar por la paranoia.

  9. Jorge y Alvaro, me ha parecido entender que en Openbank puedes registrar a tu nombre las participaciones de fondos exteriores con algun gasto adicional, me podrias decir el lugar de web donde se informa de esa posibilidad o indicar el link, no lo he encontrado ni en el contrato de cliente individual.
    Gracias por anticipado

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